ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
ANTECEDENTES:
La Asamblea Nacional Constituyente se instala el 15 de Abril de 2007, en dicha fecha asume el poder constituyente con plenos poderes y comienza su trabajo con 130 Asambleístas, encargados de expedir: “…Mandatos Constituyentes, leyes, acuerdos, resoluciones y las demás desiciones que adopte en uso de sus atribuciones…” (Art. 2 del Mandato constituyente Nº 1).
Dentro de los Mandatos expedidos y aprobados por la Asamblea Constituyente tenemos:
Mandato Nº 1, que se refiere a la declaración de los Plenos Poderes, la ratificación del Estado de Derecho, terminación y ratificación de algunos funcionarios de ciertos organismos del Estado y el asumir las atribuciones y deberes de la Función Legislativa. Tomando a los Plenos Poderes como el mandato que otorgó el pueblo ecuatoriano a los asambleístas, se entiende que las desiciones que tome la AC, son totalmente legítimas pues son la expresión del poder popular o poder constituyente.
Es falso el afirmar, como algunas personas lo hacen, que al momento de cesar a los 57 diputados eliminábamos al poder legislativo. Sus funciones fueron asumidas por la mesa 10, la decisión política de cesar a los diputados va de la mano con el sentir y clamor popular en vista de las malas actuaciones y lo deslegitimado que se encontraba dicho Congreso.
El Mandato Nº 2, quizá uno de los logros más importantes hasta el momento por parte de la Asamblea Nacional Constituyente, ha sido la eliminación por parte de dicho mandato de los privilegios salariales que existían en los Organismos del Sector Público, se ha eliminado remuneraciones diferenciadas que se pagaban en ciertas instituciones, en estricto sentido se estableció como remuneración mensual unificada el valor equivalente a 25 salarios básicos unificados es decir 5.000.00 USD., ningún funcionario público podrá ganar mas que el Presidente de la República.
Este mandato se lo dicta con la finalidad primeramente de terminar con las diferencia salariales exageradas así como con el objetivo de cumplir con el principio de “a igual trabajo, igual remuneración”.
El Mandato Nº 3 suspende el proceso electoral que se estaba llevando a cabo en las provincias de Santo Domingo de los Tsáchilas y Santa Elena, la lógica de este mandato se da en vista de que dicho proceso era para la elección de Diputados de las mencionadas provincias, y habiéndose encontrado cesado en sus Funciones el Congreso Nacional no tenía sentido el proceso electoral que se estaba siguiendo, el gasto generado por esas elecciones hubiera sido innecesario.
El Mandato Nº 4 pone techo a las indemnizaciones en el caso de despido intempestivo, acordadas en actas transaccionales, contratos colectivos, actas de finiquito o cualquier otra forma de acuerdo en 300 salarios básicos unificados. El objetivo o espíritu del Mandato 4 era el cortar los abusos con respecto a las indemnizaciones en cuanto a las contrataciones colectivas así como también con respecto a los servidores públicos, donde se daban casos de personas indemnizadas hasta 800.000,00 USD.
El Mandato N º 5, se lo dicta en relación con la emergencia natural que se encontraba viviendo el país y nuestros hermanos ecuatorianos; para contribuir de forma mas eficiente con los damnificados por efecto de las inundaciones, se otorga a la CAE la facultad de entregar de manera gratuita, sin trámite de remate o venta directa las mercancías y bienes muebles consistentes en alimentos, medicinas, prendas de vestir, calzado, productos textiles, colchones, y otros que sean útiles para mitigar los efectos de lo ocurrido en la emergencia.
SOBRE LOS 5 ARTÍCULOS APROBADOS POR LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE CON RESPECTO A LA “SOBERANIA TERRIRORIAL”, ESTAMOS ROTUNDAMENTE SATISFECHOS YA QUE POR PRIMERA VEZ EN UNA CARTA MAGNA NUESTRA ESTABLECEMOS LA PROHIBICION DE BASES MILITARES EXTRANJERAS CON PROPÓSITOS INTERVENSIONISTAS; EN TIERRAS ECUATORIANAS Y LATINOAMERICANAS. CON ESTO QUEDA DEMOSTRADO QUE EL GOBIERNO DE LA REVOLUCION CIUDADANA CUMPLE CON LOS OBJETIVOS PLANTEADOS DE RECUPERAR NUESTRA SOBERANIA NACIONAL.
JUVENTUDES PAIS J35